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PELLENC ROSA CESARINA c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BS AS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en la vía pública. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y ordenó el pago de la condena en un plazo de 30 días.

Dano moral Intereses Incapacidad Responsabilidad extracontractual Caida en via publica Plazo de pago Defecto de acera

Daños y perjuicios por caída en la vía pública

¿Qué se resolvió?

Se admitió la demanda y se condenó al Gobierno de la Ciudad a abonar $411.200 a la actora, con intereses y costas. El tribunal de alzada confirmó la condena, pero modificó parcialmente la sentencia respecto al plazo de pago y el cómputo de intereses. Fundamentos relevantes:
- El tribunal compartió el encuadre jurídico y la aplicación del art. 1113 CC sobre responsabilidad por daños causados por cosas.
- Consideró acreditada la caída de la actora y el deficiente estado de la vereda, por lo que correspondía la responsabilidad del Gobierno de la Ciudad.
- Respecto a la indemnización, confirmó los montos fijados en primera instancia por incapacidad, tratamiento psicológico y daño moral.
- Modificó el cómputo de intereses, disponiendo que en el monto del tratamiento psicológico los intereses corran desde la sentencia de grado.
- Extendió a 30 días el plazo para el pago, en función de los trámites administrativos que debe cumplir el Gobierno.

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