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FERNANDEZ, LUIS ALBERTO Y OTRO c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños derivados de un accidente de tránsito en el que el colectivo en el que viajaba fue embestido por un tercero. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda por considerar que el hecho del tercero ajeno al contrato de transporte rompía el nexo causal y eximía de responsabilidad al transportista.

Nexo causal Responsabilidad del transportista Contrato de transporte Caso fortuito Hecho de un tercero


¿Quién es el actor?

Luis Alberto Fernández

¿A quién se demanda?

Transporte Automotor Plaza SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda Fundamentos principales:
- El propio relato del actor indica que el colectivo en el que viajaba fue violentamente embestido en su parte trasera por un camión, lo cual constituye un hecho de un tercero ajeno al contrato de transporte que rompe el nexo causal y exime de responsabilidad al transportista.
- Aunque el demandado no haya invocado expresamente la culpa de un tercero, el juez tiene la obligación de analizar la legitimación pasiva, siendo que es el propio actor quien atribuye el daño al hecho de un tercero.
- El hecho de un tercero que embiste al vehículo detenido constituye un caso fortuito o fuerza mayor que interrumpe el nexo causal y libera de responsabilidad al transportista, quien jugó un rol pasivo en el siniestro.
- Si bien el pasajero no está obligado a determinar la responsabilidad de los partícipes, cuando él mismo indica la culpabilidad del tercero, debe dirigir también su reclamo contra éste.

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