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S. C. D. Y R.O. A. c/ J. M. N. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios otorgados por incapacidad, tratamiento psicoterapéutico y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Reparacion integral Incapacidad Tratamiento psicoterapeutico


- Actores: S. C. D. y R. O. A.
- Demandados: J. M. N. y L. C. G. de S. S.A. (compañía de seguros)
- Objeto de la demanda: Reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios otorgados por incapacidad (a $220.000 para S. C. D. y $200.000 para R. O. A.), tratamiento psicoterapéutico (a $9.600 para S. C. D. y $19.200 para R. O. A.) y daño moral ($38.000 para cada uno). Confirmó lo demás.
- Fundamentos principales:
- En relación a la incapacidad, la Cámara entendió que el daño psíquico no constituye una partida autónoma sino que integra el rubro incapacidad, y que la indemnización debe contemplar la disminución de la aptitud para realizar actividades productivas hasta la edad jubilatoria.
- Respecto al tratamiento psicoterapéutico, lo consideró resarcible en la medida en que apunta a los aspectos reversibles de las afecciones y a la prevención de ulteriores deterioros.
- En cuanto al daño moral, la Cámara entendió que está dirigido a compensar los padecimientos, molestias e inseguridades en el plano espiritual.

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