TOKUMARU PADILLA ROSARIO YESENIA c/ EMPRESA DE TRANSPORTES SANTA FE S.A.C.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios tras caerse al descender de un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el monto indemnizatorio fijado en primera instancia.
Daños y perjuicios por caída al descender de un colectivo
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- La empresa transportista no acreditó que la caída se debió a un hecho de la víctima (tropezar con el escalón), por lo que se aplica la responsabilidad objetiva del transportista.
- En cuanto a los rubros indemnizatorios, la Cámara consideró razonables los montos fijados en primera instancia por incapacidad física y psíquica, y por daño moral.
- Respecto a los intereses, la Cámara confirmó la aplicación de la tasa activa desde la fecha del hecho, por considerarla adecuada para evitar el enriquecimiento del deudor moroso.
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