B E B c/ D P J Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados al pago de los montos indemnizatorios fijados.
- Actor: E B B
- Demandados: P y S M D
- Objeto: Reclamación de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados y a su aseguradora al pago de los montos indemnizatorios fijados por incapacidad física, gastos de tratamiento psicoterapéutico y daño moral.
Fundamentos principales:
- En relación a la incapacidad física, la Cámara consideró que si bien el porcentaje de incapacidad fijado por el perito es un dato relevante, el resarcimiento por este concepto debe abarcar la disminución de la aptitud física o psíquica del damnificado, analizando principalmente las secuelas que surgen del informe pericial. En este caso, las lesiones sufridas y su proyección sobre la capacidad vital del actor justifican el monto otorgado.
- Respecto a los gastos de tratamiento psicoterapéutico, la Cámara no pudo modificar el monto fijado por la jueza de grado, por aplicación del principio de "reformatio in peius".
- En cuanto al daño moral, la Cámara consideró que las circunstancias del caso, como las lesiones padecidas, el dolor y la dificultad para movilizarse que le impidieron realizar sus tareas habituales, configuran el daño moral objetivo que, sumado al daño moral subjetivo que experimenta el damnificado, justifican el monto otorgado.
- Sobre los intereses, la Cámara considera que deben aplicarse los intereses a la tasa activa de cartera general del Banco Nación, por haberse fijado los montos de condena a valores históricos.
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