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G. N. G.c/ S. C. G. s/LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

La actora promovió demanda de liquidación de la sociedad conyugal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que la recompensa a favor de la actora será por la suma de $250.000 y revocando la imposición de intereses y de la sanción al demandado.

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- Actora: N. G. G.
- Demandado: C. G. S.
- Objeto: Liquidación de la sociedad conyugal
- Decisión: Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que la recompensa a favor de la actora será por la suma de $250.000 y revocando la imposición de intereses y de la sanción al demandado. Fundamentos principales:
- El bien inmueble adquirido por la actora durante el matrimonio se considera bien propio, ya que fue comprado con dinero donado por sus padres.
- La recompensa debe fijarse en la suma de $250.000, que fue el valor de venta del inmueble, y no en una suma mayor por tasación posterior.
- La imposición de intereses y la sanción al demandado fueron dispuestas indebidamente, ya que no fueron solicitadas por la actora.
- Se confirma el resto de lo decidido en primera instancia.

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