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I. G. C. M. c/ J. G. F. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Rechazo de demanda por daños derivados de accidente de tránsito. La Cámara confirmó la decisión al considerar que el demandado tenía prioridad de paso.

Accidente de transito Prioridad de paso Culpa presumida Ley 24 449

Indemnización por daños sufridos en accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el demandado circulaba con prioridad de paso al momento del accidente, de acuerdo al art. 41 de la Ley 24.449 de Tránsito.
- Fundamentos:
- El art. 41 de la Ley 24.449 establece la prioridad absoluta de paso para quien circula por la derecha, salvo excepciones como semiautopistas, lo cual no se aplica al caso.
- La jurisprudencia invocada por el actor no logra modificar la aplicación de esta regla legal.
- Además, se presumió la culpa del actor por ser el embistente, sin que haya acreditado negligencia del demandado.

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