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SANTIVANEZ DE LAURNAGARAY MARIA CECILIA c/ PORTO LITORAL SA Y OTROS s/SIMULACION

La actora promovió demanda por simulación de una transferencia inmobiliaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que declaró prescripta la acción.

Simulacion Sucesion Prescripcion Accion de tercero Conocimiento del acto simulado Plazo bienal


¿Quién es el actor?

María Cecilia Santivañez de Laurnagaray
- Demandados: Porto Litoral SA y María Fátima Santivañez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad por simulación de una transferencia inmobiliaria

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que declaró prescripta la acción. La Cámara consideró que el plazo de prescripción bienal de la acción de simulación ejercida por un tercero como la actora, se computa desde que tuvo conocimiento efectivo del acto simulado, lo cual ocurrió en abril de 2003 cuando su hermana le informó sobre la operación. Por lo tanto, la acción se encontraba prescripta al momento de iniciarse el proceso. La Cámara descartó que el plazo deba computarse desde la inscripción del acto en el Registro o el fallecimiento del causante.

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