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ALDERUCCIO, NICOLAS RODOLFO Y OTRO c/ TRANSPORTE IDEAL SAN JUSTO S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, rechazando el reclamo de incapacidad sobreviniente y tratamiento psicológico de la co-actora.

Accidente de transito Danos y perjuicios Relacion de causalidad Incapacidad fisica Incapacidad psiquica

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia, confirmando la incapacidad física y psíquica del Sr. Alderuccio y el tratamiento psicológico a su cargo, pero rechazando dichos rubros respecto de la Sra. Díaz por falta de relación de causalidad adecuada. Fundamentos relevantes:
- El daño psíquico no constituye un daño autónomo, sino que se considera dentro de la incapacidad sobreviniente.
- Para la Sra. Díaz no se acreditó la relación de causalidad adecuada entre el accidente y el daño psíquico alegado.
- Se confirmaron los rubros de tratamiento kinésico, gastos médicos y farmacéuticos, privación de uso y daño moral.
- Se estableció que los intereses para los tratamientos psicológico y kinésico corren desde la sentencia de grado.

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