C. J. E. Y OTROS c/ SOCIEDAD ANONIMA EXPRESO SUDOESTE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y disminuyó el monto fijado en concepto de tratamiento psicológico.
¿Quién es el actor?
Señora J. E. C.
¿A quién se demanda?
Sociedad Anónima Expreso Sudoeste (Línea 85) y otros
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó el monto fijado en primera instancia por daño físico, daño estético y daño moral, pero se disminuyó el monto por tratamiento psicológico.
Fundamentos principales:
- La Cámara analizó la prueba del accidente y descartó que la víctima haya cruzado por un lugar prohibido, por lo que atribuyó la responsabilidad a la empresa de transporte y su conductor.
- Respecto a la indemnización, confirmó los montos por daño físico (18,61%), daño estético (12%) y daño moral, pero disminuyó el monto fijado para el tratamiento psicológico a $41.600.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa activa desde el inicio de la mora hasta el cumplimiento de la sentencia.
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