PUNTORIERO, MARIA LAURA c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por incumplimiento bancario en el marco de una sucesión. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que los bancos demandados cumplieron adecuadamente con la orden judicial de transferir los fondos, y que no podía responsabilizárselos por la falta de inversión posterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, en representación de sus hijas menores, demandó a los bancos Santander Río y Nación por no haber constituido un plazo fijo en dólares según lo ordenado judicialmente en un expediente sucesorio.
- El tribunal consideró que los bancos cumplieron con la orden de transferir los fondos, y que la posterior inversión a plazo fijo debía ser instruida directamente por el juez de la sucesión al banco receptor de los fondos, Banco Nación, y no por el banco emisor, Santander Río.
- Se valoró positivamente el testimonio de los empleados bancarios que explicaron el procedimiento habitual para este tipo de operaciones.
- Si bien se reconoció cierta falta de diligencia de la actora, se consideró que las ambigüedades de las providencias judiciales le permitían creer que tenía derecho a promover la demanda, por lo que se distribuyeron las costas en el orden causado.
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