H., E. E. c/ M., G. M. s/ LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES
El actor promovió demanda por liquidación de régimen de comunidad de bienes. La Cámara Civil modificó la sentencia y ordenó incluir en la masa de bienes comunes los muebles del hogar conyugal.
¿Quién es el actor?
E. E. H.
¿A quién se demanda?
G. M. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación de régimen de comunidad de bienes
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó incluir los bienes muebles del hogar conyugal en la masa de bienes comunes, debiendo efectuarse su inventario y tasación. La Cámara señaló que, conforme al art. 466 del Código Civil y Comercial, se presume que son gananciales todos los bienes existentes al momento de la extinción de la comunidad, salvo prueba en contrario. En este caso, la demandada no acreditó que los bienes muebles no revistieran esa calidad, por lo que correspondía incluirlos en la liquidación.
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