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G T S c/ CIA. OMNIBUS 25 DE MAYO LINEA 278 SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil aumentó los montos por incapacidad física, incapacidad psíquica y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Incapacidad fisica Tasa activa Incapacidad psiquica

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando la indemnización por incapacidad física a $350.000, por incapacidad psíquica y tratamiento a $150.000, y por daño moral a $50.000. Ordenó además que se liquiden intereses a tasa activa desde la fecha del accidente, con un interés adicional en caso de incumplimiento en el plazo de 10 días. Los jueces manifestaron que si bien adhieren a la postura del plenario "Samudio" en cuanto a la fijación de tasas de interés, en los juicios de accidentes de tránsito suelen aplicar la tasa activa desde el día del hecho. Respecto a la incapacidad, consideraron que si bien la jueza de primera instancia no utilizó "puntos de incapacidad", los montos fijados resultaban un poco bajos, por lo que los elevaron. En cuanto al daño moral, entendieron que correspondía aumentar el monto a $50.000, conforme lo reclamado en la demanda.

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