CHIRIZOLA, GABRIELA HEBE c/ TRANSPORTE IDEAL SAN JUSTO S.A. (LINEA 96 INTERNO 110) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda.
- Actora: Gabriela Hebe Chirizola
- Demandados: Transporte Ideal San Justo S.A. (Línea 96 interno 110) y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto de la demanda: Indemnización por lesiones sufridas en un accidente al descender de un colectivo
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Concluye que la actora no logró acreditar que los daños fueron causados durante el transporte, por lo que rechaza la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El artículo 184 del Código de Comercio impone al transportista el deber de resarcir los daños causados al pasajero, salvo que acredite fuerza mayor o culpa de la víctima.
- Esta obligación de seguridad se integra con los derechos del consumidor consagrados en la Constitución y la Ley de Defensa del Consumidor.
- Sin embargo, la actora tenía la carga de probar su calidad de pasajera, el hecho dañoso y la relación de causalidad.
- El testimonio de la testigo Carballo presenta contradicciones con el relato de la actora, por lo que no resulta confiable y no permite tener por acreditados los hechos.
- Al no haberse probado que los daños fueron causados durante el transporte, la Cámara revoca la sentencia y rechaza la demanda.
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