FRAGUEDA BAEZ, ARMANDINA Y OTRO c/ ALMAFUERTE S.A.T.A.C.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Las actoras promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y declaró inoponible a las actoras la franquicia convenida entre la demandada y su aseguradora.
- Actoras: Armandina Fragueda Báez e Irma Alderete Duarte
- Demandada: Almafuerte Empresa de Transporte S.A.C.I.E.I y Metropol Sociedad de Seguros Mutuos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró inoponible a las actoras la franquicia convenida entre la demandada y su aseguradora. Confirmó los montos indemnizatorios fijados en primera instancia por incapacidad física, daño moral y otros rubros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró acreditado el contrato de transporte y el accidente, a partir de las pruebas obrantes.
- Respecto a la indemnización por incapacidad física, aplicó criterios de valoración basados en la edad, ingresos, porcentaje de incapacidad y expectativa de vida de las víctimas.
- Sobre el daño moral, señaló que los montos fijados se adecuan a la entidad del sufrimiento causado a las víctimas.
- Declaró inoponible a las actoras la franquicia convenida entre la demandada y su aseguradora, por considerar que el abogado que las representaba también representaba a la aseguradora, lo que implicaba un conflicto de intereses.
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