MONTES FELICIDAD FLORENCIA c/ MODO SA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (LINEA 151) Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física y psíquica sobreviniente.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito al subir a un colectivo
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda. Se confirma la condena por los daños personales (incapacidad física, psíquica y daño moral), pero se modifica parcialmente el curso de los intereses.
Fundamentos principales:
- Se acreditó la fractura de vértebra lumbar de la actora y su relación causal con el accidente, pese a la falta de algunos documentos médicos. El peritaje médico fue concluyente.
- La incapacidad física y psíquica permanente de la actora, valoradas en 15% y 10% respectivamente, justifican los montos indemnizatorios fijados.
- El daño moral de $100.000 es razonable dadas las circunstancias del caso.
- La franquicia o descubierto obligatorio del seguro es inoponible al damnificado, conforme doctrina legal.
- Los intereses se aplicarán a la tasa activa, salvo para los gastos futuros de tratamiento psicológico que devengarán intereses desde el vencimiento del plazo de pago.
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