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BONADEO MARCELO CARLOS Y OTRO c/ GARNERO PEDRO ANTONIO s/ESCRITURACION

El actor promovió demanda por escrituración y consignación del saldo del precio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y estableció el monto del saldo a consignar por el comprador.

Costas Deuda de valor Escrituracion Compraventa Mora Consignacion de saldo de precio


¿Quién es el actor?

Marcelo Carlos Bonadeo y María Consuelo Salazar Morales

¿A quién se demanda?

Pedro Antonio Garnero

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Escrituración y consignación del saldo del precio de compraventa de un inmueble

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia. Se condena a los compradores a consignar el 14,5% del valor actual del inmueble en concepto de saldo de precio, con intereses moratorios en caso de incumplimiento. Se mantiene la condena al vendedor a otorgar la escritura.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La carta documento enviada por los compradores en 2013 no constituyó válida intimación al vendedor para escriturar, por lo que no hubo mora automática.
- Corresponde fijar el saldo de precio como una deuda de valor, no a su valor nominal de 2005, sino al 14,5% del valor pericial actual del inmueble.
- Se imponen las costas de primera instancia por su orden, dado el allanamiento parcial del demandado.
- Las costas de la Alzada también se imponen por su orden, por la particularidad de la cuestión debatida.

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