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H. N. P. c/ TRENES DE BUENOS AIRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tren. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Responsabilidad civil Accidente de tren Nulidad de clausula abusiva Franquicia en contrato de seguro

Daños y perjuicios por accidente de tren

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando los montos por incapacidad sobreviniente (de $80.000 a $400.000) y daño moral (de $130.000 a $200.000). Se declara nula la cláusula de franquicia de $1.800.000 en la póliza de seguro. Los fundamentos principales son:
- La pericia odontológica y psicológica acreditaron las secuelas físicas y psíquicas sufridas por el actor.
- El monto por incapacidad sobreviniente debe abarcar el daño psíquico y el deterioro físico, en atención a la edad del actor, sus estudios y situación laboral.
- El monto por daño moral debe graduarse según la gravedad de la lesión, la culpa del autor y las condiciones personales de la víctima.
- La cláusula de franquicia de $1.800.000 en la póliza de seguro resulta desproporcionada y viola principios constitucionales de protección al usuario, por lo que se declara su nulidad.

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