H. N. P. c/ TRENES DE BUENOS AIRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tren. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Daños y perjuicios por accidente de tren
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, aumentando los montos por incapacidad sobreviniente (de $80.000 a $400.000) y daño moral (de $130.000 a $200.000). Se declara nula la cláusula de franquicia de $1.800.000 en la póliza de seguro.
Los fundamentos principales son:
- La pericia odontológica y psicológica acreditaron las secuelas físicas y psíquicas sufridas por el actor.
- El monto por incapacidad sobreviniente debe abarcar el daño psíquico y el deterioro físico, en atención a la edad del actor, sus estudios y situación laboral.
- El monto por daño moral debe graduarse según la gravedad de la lesión, la culpa del autor y las condiciones personales de la víctima.
- La cláusula de franquicia de $1.800.000 en la póliza de seguro resulta desproporcionada y viola principios constitucionales de protección al usuario, por lo que se declara su nulidad.
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