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ZORGNO ANA MARIA Y OTROS c/ OBISPADO DE CHASCOMUS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral e incapacidad sobreviniente.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Gastos medicos Desvalorizacion de vehiculo


¿Quién es el actor?

Ana María Zorgno, Federico Juan Foppiani y Yesica Soledad Salgado

¿A quién se demanda?

Obispado de Chascomús y La Mercantil Andina S.A. Compañía de Seguros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral (a $200.000 para Zorgno y $60.000 para Foppiani y Salgado) y por incapacidad sobreviniente de Zorgno (a $320.000). Confirmó los montos por gastos médicos y de traslado, y fijó $1.780 por la desvalorización del vehículo. Declaró desierto el recurso de la aseguradora. Respecto a la incapacidad sobreviniente, la Cámara consideró que la protección de la integridad corporal y la salud es de la mayor jerarquía, por lo que las consecuencias de su afectación resultan un daño resarcible. Sobre el daño moral, la Cámara adhirió a la noción de daño moral como la minoración en la subjetividad de la persona humana, derivada de la lesión a un interés no patrimonial. Cuantificó el daño moral considerando la entidad de las lesiones, las condiciones personales de los actores y otros aspectos de la afectación.

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