DESUMVILA, JAVIER Y OTRO c/ LINEA DE MICROOMNIBUS 47 S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Civil eleva la retribución fijada a la letrada patrocinante por la ejecución de honorarios del perito ingeniero, considerando la aplicación de la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
DESUMVILA, JAVIER Y OTRO
¿A quién se demanda?
LINEA DE MICROOMNIBUS 47 S.A. Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios del perito ingeniero
¿Qué se resolvió?
La Cámara Civil eleva la retribución fijada a la letrada patrocinante, de $ 19.152 a 3 UMA (equivalente a $ 11.586 al día de la fecha), aplicando los mínimos arancelarios dispuestos en la ley 27.423 para procesos de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El mínimo arancelario de la ley 27.423 para procesos ejecutivos corresponde a un procedimiento completo, mientras que el proceso de ejecución de sentencia y de honorarios consta de una sola etapa, por lo que corresponde aplicar una reducción a la mitad de las escalas generales, conforme a lo previsto en el art. 41 de dicha ley.
- Se eleva la retribución a 3 UMA ($ 11.586) en atención a lo dispuesto en los arts. 1, 16, 21, 41, 51 y 54 de la ley 27.423.
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