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L, A J c/ E DE T A DE P S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en un microómnibus. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por daño moral.

Accidente de transito Dano moral Responsabilidad civil Gastos medicos Incapacidad fisica Transporte publico Tratamiento kinesiologico


- Actora: L A J
- Demandada: E DE T A D P S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios sufridos en un accidente de tránsito en un microómnibus de la demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la imputabilidad de la demandada, modificó el monto de la indemnización por daño moral elevándolo a $120.000 y confirmó los montos otorgados por incapacidad física, gastos médicos y tratamiento kinesiológico.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Existencia del hecho acreditada por elementos probatorios como el registro SUBE, la atención médica y estudios radiológicos.
- La incapacidad física y necesidad de tratamiento kinesiológico están debidamente justificadas por el informe pericial médico.
- El daño moral se fija en $120.000 atendiendo a las circunstancias personales de la víctima y la afectación psíquica sufrida.
- Los intereses se aplican a la tasa activa fijada por el plenario "Samudio" sin proceder a duplicarla.
- La franquicia de la aseguradora es oponible a la víctima.
- Se modifica parcialmente la sentencia elevando el monto del daño moral.

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