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LATRECCHIANA SILVANA SOLEDAD c/ DZIKOSKI VICTOR PEDRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La parte actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Incapacidad fisica Revision de sentencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión de 1ra instancia: Rechazo de la demanda de Matías Enzo Batlle, y se hizo lugar a la de Silvana Latrecchiana y Belén Batlle, condenando al demandado a pagar $33.000 a Latrecchiana y $6.500 a Belén Batlle.
- Fundamentos de la decisión:
- Respecto a Silvana Latrecchiana, el perito médico determinó que sufrió "cervicobraquialgia derecha leve a moderada" con un 10% de incapacidad, por lo que corresponde indemnizarla con $200.000 por incapacidad y $60.000 por gastos de tratamiento kinesiológico. Además, el monto de $25.000 por daño moral fijado en primera instancia se consideró adecuado.
- Respecto a Belén Batlle, el perito odontológico determinó que sufrió fracturas y pérdida de piezas dentales, con un 6,07% de incapacidad, por lo que corresponde indemnizarla con $150.000 por incapacidad.
- Respecto a Matías Batlle, si bien no sufrió secuelas incapacitantes, el tribunal consideró que el impacto emocional del accidente y su edad (5 años) al momento del hecho justifican una indemnización de $40.000 por daño moral.
- Los intereses deben liquidarse a la tasa activa cartera general del Banco Nación desde la fecha del hecho.

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