ROMERO, CARLOS ALBERTO Y OTRO c/ EMPRESA OESTE SAT LINEA 302 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento kinesiológico.
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Romero y Claudia Edit Solorzano
¿A quién se demanda?
Empresa Oeste SAT Línea 302 y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación, modificando la sentencia de primera instancia y aumentando los montos indemnizatorios. "En consecuencia, en atención a las constancias objetivas de la causa reseñadas precedentemente, la edad de los actores al momento del accidente (38 años Solarzano y 34 años Romero), ella soltera, madre de un hijo, con estudios secundarios completos y de profesión empleada; y Romero, soltero, padre de un niño, con estudios primarios completos, empleado administrativo) y demás condiciones personales que surgen del beneficio de litigar sin gastos, estimo que las cantidades fijadas en primera instancia para resarcir la incapacidad física de ambos resultan reducidas y propicio su elevación a la suma de doscientos mil pesos ($200.000) para cada uno de los actores." "Tomando en cuenta las pautas señaladas, y a la luz de las pruebas rendidas en autos, las secuelas descriptas "ut supra", la edad de los damnificados al momento del accidente, los dolores que las lesiones detalladas provocan tanto en el momento del accidente como durante la recuperación y demás circunstancias objetivas de la causa, opino que las cantidades establecidas en la sentencia de grado en concepto de compensación del daño moral, resultan reducidas y propongo su elevación a cien mil pesos ($100.000) para cada uno de los accionantes, lo que no implica apartarse del principio de congruencia en tanto reclamaron en su demanda lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse en autos."
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