G., M. E. Y OTRO c/ GALENO S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores demandaron a la empresa Galeno S.A. por daños y perjuicios por la sustracción de efectos personales durante la internación. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y aumentó la indemnización por daño psicológico.
Daños y perjuicios por sustracción de efectos personales durante internación en el Sanatorio La Trinidad Palermo
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones hizo lugar parcialmente al recurso, modificando la sentencia de primera instancia para aumentar la indemnización por daño psicológico de $8.400 a $35.000.
Fundamentos relevantes:
- El daño psicológico acreditado por la pericia requiere un tratamiento de un año con sesiones semanales, por lo que el monto fijado en primera instancia resulta reducido, debiendo elevarse a $35.000.
- El daño moral es procedente, ya que se ha visto afectado el estado espiritual de la actora por las inquietudes y aflicciones causadas por el hecho. El monto fijado en primera instancia ($40.000 y $20.000) se considera adecuado.
- El daño material también es procedente, pero el monto fijado en primera instancia ($25.000) se estima ajustado, en base a los criterios de razonabilidad y prohibición de enriquecimiento incausado.
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