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FURCI, CESAR OSVALDO Y OTRO c/ LOPEZ, NESTOR FABIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Incapacidad psicofisica Menor de edad Perdida de la vida Accidente con resultado de muerte

Reparación de los daños derivados de un accidente de tránsito en el que fallecieron María Eva Furci (hija de los coactores y madre del menor), Valentino Avena Furci, Lucía Avena Furci y Pablo Daniel Avena, y el menor Guillermo Agustín Avena Furci resultó gravemente lesionado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios a favor del menor Guillermo Agustín Avena Furci por incapacidad psicofísica sobreviniente ($2.200.000) y daño moral ($1.200.000). Confirmó lo demás resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En concepto de incapacidad sobreviniente se debe resarcir la merma permanente en la aptitud vital del ser humano.
- El daño psíquico es autónomo del daño moral, abarcando el menoscabo patológico de la salud psíquica.
- La pérdida de la vida de los padres para el hijo menor implica la eliminación de la fuente de energía productiva, que debe ser apreciada económicamente.
- El daño moral por la muerte de un hijo representa los padecimientos soportados y futuros que tuvieron su origen o agravamiento en el hecho dañoso.

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