BLANCO, LAURA ALEJANDRA c/ EMPRESA DE TRANSPORTE LINEA 213 S.A.C.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente sufrido al descender de un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se acreditó suficientemente el hecho dañoso y el nexo causal con las lesiones sufridas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Laura Alejandra Blanco, demandó a la empresa de transporte Línea 213 SACI por daños y perjuicios derivados de un accidente que sufrió el 29 de mayo de 2015 mientras descendía de uno de sus colectivos. Relató que el conductor detuvo el colectivo de manera incorrecta, lejos de la acera, obligándola a descender de forma peligrosa, y que mientras descendía el conductor reanudó la marcha, provocando que ella tropezara y cayera al piso. La jueza de primera instancia rechazó la demanda al considerar que la versión de la actora no se encontraba corroborada por pruebas idóneas y que no se acreditó el nexo causal entre el hecho denunciado y las lesiones sufridas. La actora apeló la sentencia. La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo de la demanda. Señaló que si bien se acreditó el daño sufrido por la actora, no se logró probar debidamente la existencia del hecho dañoso y su relación con las lesiones. Indicó que los testimonios ofrecidos por la actora referían a dichos de ella sobre lo ocurrido, pero no eran testigos presenciales, y que la propia actora en una audiencia manifestó no recordar lo sucedido. Además, surge de las constancias que la caída podría haber ocurrido por el mal estado de la vereda y no necesariamente por un hecho atribuible a la empresa demandada. Por lo tanto, consideró que la actora no logró acreditar los presupuestos básicos de la responsabilidad civil.
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