Logo

LUZ CAVE SRL c/ CARNOTA, JUAN DOMINGO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La inmobiliaria demandó al accionado por cobro de sumas de dinero entregadas en concepto de adelanto de precio de una compraventa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al demandado a restituir esas sumas.

Costas Incumplimiento contractual Compraventa inmobiliaria Escrituracion de inmueble Mutuo Cobro de dinero Adelanto de precio


¿Quién es el actor?

Luz Cave S.R.L. (inmobiliaria)

¿A quién se demanda?

Juan Domingo Carnota
- Objeto de la demanda: Cobro de U$S 7.000 entregados como adelanto de precio de compraventa de inmueble
- Decisión del tribunal:
- Se admite la demanda y se condena al accionado a restituir los U$S 7.000 con intereses
- La Cámara confirma esta decisión, considerando que las sumas entregadas fueron en concepto de mutuo y no existía sustento probatorio para atribuir el fracaso de la operación a la actora.
- Se destaca que el demandado anteriormente obtuvo sentencia a su favor por escrituración del inmueble, pero no concretó la operación.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar