QUINTANA, ZULMA c/ CARUSO, PEDRO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
La actora demandó al médico y a OSDE por daños derivados de una videocolonoscopía. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se probó negligencia médica en la práctica realizada.
Daños y perjuicios por mala praxis médica en la realización de una videocolonoscopía que le provocó una rotura esplénica.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda al considerar que no se probó negligencia o impericia médica. La rotura esplénica es una complicación rara pero posible de la práctica, y el médico actuó diligentemente tratando adecuadamente a la paciente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La obligación del médico es de medios y no de resultado. Debe obrar con la diligencia debida, pero no garantiza la curación.
- El perito médico y la asociación de endoscopistas indicaron que la rotura esplénica es una complicación infrecuente pero posible de la videocolonoscopía, y que los antecedentes quirúrgicos de la paciente fueron un factor de riesgo.
- No se acreditaron errores en la técnica utilizada ni falta de cuidado en el tratamiento posterior brindado por el médico.
- La actora no demostró la culpa o negligencia del médico.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: