F G V c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño físico, daño psicológico y tratamientos.
¿Quién es el actor?
F G V
- Demandados: Transporte Automotor Plaza S.A.C.I y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
- Objeto de la demanda: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño físico (de $200.000 a $200.000 para intervenciones quirúrgicas y tratamiento fisiokinesiológico), daño psicológico (de $83.200 a $83.200 para tratamiento psicológico) y daño moral ($80.000). Confirmó los demás rubros.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la indemnización por daño físico debe incluir, al menos parcialmente, la incapacidad física permanente, más allá de los tratamientos necesarios.
- Respecto al daño psicológico, se consideró que el monto fijado para el tratamiento es razonable, ya que el perito psicológico determinó la necesidad del mismo y su carácter permanente.
- Se fijaron los intereses desde la fecha del accidente, dado que el deber de indemnizar nace con el daño.
- Se confirmó la inoponibilidad de la franquicia al damnificado, en línea con el precedente plenario "Obarrio".
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