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AUSMENDI, GLADYS EDITH c/ LA PRIMERA DE GRAND BOURG S.A.T.C.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente sufrido al descender de un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia y los montos indemnizatorios por incapacidad física, psicológica y daño moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Indemnizacion Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Transporte de pasajeros


¿Quién es el actor?

Gladys Edith Ausmendi

¿A quién se demanda?

La Primera de Grand Bourg S.A.T.C.I. y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente al descender de un colectivo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que condenó a los demandados a pagar $275.000 por incapacidad física (2%), psicológica (7%) y $90.000 por daño moral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se tuvo por probado el accidente al valorar en conjunto las pruebas (boleto, exposición civil, testigos, informes médicos).
- Existe responsabilidad objetiva del transportista, quien debe asegurar la integridad del pasajero.
- El monto de la incapacidad y daño moral se considera adecuado según la naturaleza de las lesiones y condiciones personales de la víctima.

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