GIMENEZ WILLIAM ADAN c/ MIÑO CRISTIAN EDUARDO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El motociclista demandante promovió acción por daños derivados de accidente de tránsito. La Cámara Civil confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que el motociclista no acreditó que el conductor del otro vehículo haya circulado en contramano.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el actor no logró acreditar que el demandado Miño circulara en contramano por la calle Ayacucho al momento del hecho, conforme a lo informado por la Municipalidad de Lanús sobre el sentido de circulación de esa arteria.
- El testimonio único del testigo Aguirre no resultó suficiente para corroborar la versión del actor, dado que no brindó información precisa sobre el lugar y momento del impacto.
- Ante la falta de prueba sobre la conducta de Miño, corresponde aplicar el principio de prioridad de paso a favor de quien circula por la derecha, conforme al art. 41 de la Ley de Tránsito.
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