Logo

ELGUREN PARDO MARIA DE LAS NIEVES C/ COOLPO SRL S/ EJECUCION DE HONORARIOS - OTROS JUICIOS

La actora promovió ejecución de honorarios por un total de 44,40 jus más aportes previsionales. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, impuso las costas a la demandada y aplicó interés del 12% anual desde las fechas de mora indicadas.

Ejecucion de honorarios 44 40 jus Interes 12% anual Fechas de mora (14/02/2025 03/11/2025) Costas a la demandada Constitucion de domicilio procesal Ley 14.967 Art. 54 ley 14.967 Regulacion de honorarios diferida Cpcc (art. 498 y concordantes)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARIA DE LAS NIEVES ELGUREN PARDO. Demandado: COOLPO SRL. Objeto: Ejecución de honorarios profesionales por la suma total equivalente a 44,40 jus (35 jus regulados en primera instancia y 9,40 jus por regulación de la Cámara), más aportes previsionales, tasa de justicia y sobretasa; intereses al 12% anual desde las fechas de mora correspondientes. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución de honorarios hasta que la demandada abone el capital reclamado (44,40 jus) más aportes previsionales e intereses al 12% anual devengados desde las fechas de mora (14/02/2025 para 35 jus; 03/11/2025 para 9,40 jus). Se impusieron las costas a la demandada, se tuvo por constituido su domicilio procesal y se difirió la regulación de honorarios por la ejecución para momento oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje del Tribunal): "1.
- Que en autos no se opusieron excepciones legítimas al progreso de la ejecución dentro del plazo procesal que para ello tenía la citada Coolpo SRL, el cual a la fecha se encuentra vencido, conforme surge del acta del mandamiento formulada por el Sr. Oficial de Justicia, practicada en el domicilio de la citada firma, sito en Calle 521 Nro. 7788 de la localidad de Melchor Romero, Partido de La Plata.- 2.
- En cuanto a las fechas de mora, acorde a la pretensión inicial y discriminación efectuada por la acreedora a fs. 5, no controvertida en este estado, la misma debe computarse, para los honorarios regulados en Primera Instancia, de 35 jus, a partir del 14/02/2025; y para la retribución profesional fijada por el Tribunal de Alzada, de 9,40 jus, a partir del 03/11/2025.- 3. Que por lo tanto y conforme lo dispuesto en los arts. 498 inc. 3°, 499 inc. 2°, 506, 508 y concs. del C.P.C.C., y art. 58 Ley 14.967, y facultades previstas en el art. 36 del CPCC;" Y del dispositivo final: "I.
- Mandar que se continúe adelante con la presente ejecución de honorarios hasta tanto la demandada, COOLPO SRL., haga a la accionante MARIA DE LAS NIEVES ELGUREN PARDO, el íntegro pago del capital reclamado de la suma total equivalente a 44.40 jus (cuarenta cuatro jus con cuarenta centésimas (art. 24 Ley 14.967; RP SCBA 873/2026), más sus aportes previsionales correspondientes; sumas a las que se adicionará la tasa de interés 12% anual, que establece el Art. 54 inc. a) de la Ley nº 14.967 , conforme la opción así ejercida en su escrito de fs. 3, devengados desde la fecha de mora establecida en el ap. 2 de los Considerandos, ésto es el 14/02/2025 respecto a los honorarios de 1era. instancia (35 jus), y a partir del 03/11/2025 para los regulados por la Excma. Cámara (9,40 jus) (art. 54 precitado; art. 522 Cód. Civil y Com. de la Nación), y hasta su efectivo pago, conforme liquidación que oportunamente se practique, en la que deberá asimismo incluirse la Tasa de Justicia y su contribución Sobretasa a a cargo de la ejecutada.- II.
- Imponiendo las costas a la demandada, que resulta vencida (art. 68 del C.P.C.C.).- III. Hágase efectivo el apercibimiento contenido en la manda judicial respectiva y conforme el art. 41 del CPCC, y tiénese en consecuencia por constituido el domicilio de la misma ante estos estrados judiciales.-" (Se consignan las citas textuales tal como figuran en la sentencia.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar