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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TECEM DE MILIA Y LABORDE S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicitó la homologación judicial de un acuerdo de pago en el apremio provincial contra TECEM DE MILIA Y LABORDE S.A. El Tribunal tuvo por reconocida la firma, homologó el acuerdo conforme el art. 23 de la Ley 13.406 y dejó constancia de los honorarios pactados a favor del letrado del Fisco por $159.696,00.

Apremio provincial Homologacion de acuerdo Art. 23 ley 13.406 Honorarios Fisco provincial Pando sebastian Tecem de milia y laborde s.a. Acuerdo de pago Reconocimiento de firma Notificacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: TECEM DE MILIA Y LABORDE S.A. Objeto: Homologación judicial de un acuerdo de pago presentado en expediente de apremio provincial, conforme art. 23 de la Ley 13.406. Decisión: Se reconoció la firma del acuerdo y se homologó el acuerdo de pago con arreglo al art. 23 de la Ley 13.406; además, se tuvieron presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 0/100 ($159.696,00).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los pasajes más relevantes): "I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.- III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, PANDO SEBASTIAN, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 0/100 ($159.696,00) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-" (Del cuerpo del proving: "Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:" y la parte resolutiva reproducida arriba.)

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