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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARQUEZ GLADYS NOEMI S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial contra Gladys Noemí Marquez por una deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y mandó diligenciar medidas hasta obtener el pago de $1.089.914,40 más intereses, declarando la pérdida del derecho a oponer excepciones por vencimiento del plazo.

Ejecucion Apremio provincial Fisco provincial Perdida de derecho a excepcion Deuda tributaria Intereses resolucion 10/24 Costas Domicilio constituido Ley 13.406 Codigo procesal civil y comercial (cpcc).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: GLADYS NOEMI MARQUEZ. Objeto: Ejecución forzada por apremio provincial para cobrar la suma de Pesos UN MILLON OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 40/100 ($1.089.914,40) en concepto del capital reclamado, más intereses conforme normativa aplicable. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución contra la demandada, ordenándose llevar adelante medidas de ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada, con costas a la demandada vencida; se tiene por perdido el derecho a oponer excepciones por no haberlas opuesto dentro del plazo legal; se constituye el domicilio en estrados.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como obrando en autos): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE 15 A
- NRO. 102
- CP. 1884
- LOC. BERAZATEGUI, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra GLADYS NOEMI MARQUEZ, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de Pesos UN MILLON OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 40/100 ($1.089.914,40), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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