RODILLA JOSE IGNACIO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos por fallecimiento de José Ignacio Rodilla. El Tribunal declara por derecho que le suceden como herederos universales sus tres hijos y su cónyuge, acreditándose el fallecimiento, el vínculo matrimonial y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los solicitantes que peticionaron la declaratoria (identificados en el fallo como los hijos Sebastián Gabriel Rodilla, Juan Cruz Rodilla, Romina Valeria Rodilla y la cónyuge Olga Susana Garibaldi).
Demandado: Sucesión de José Ignacio Rodilla (no hay un demandado particular, se tramita la sucesión ab-intestato).
Objeto: Se solicita la declaratoria de herederos por fallecimiento de José Ignacio Rodilla (suscitar la titularidad hereditaria de sus causahabientes).
Decisión: Se declara, por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de José Ignacio Rodilla le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Sebastián Gabriel Rodilla, Juan Cruz Rodilla y Romina Valeria Rodilla, y su cónyuge Olga Susana Garibaldi; a ésta última se la declara heredar respecto de sus bienes propios si los hubiere y se preservan los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del texto):
"lº) Que con el certificado de defunción adjunto en pdf al escrito de inicio , se acredita el fallecimiento de JOSE IGNACIO RODILLA ocurrido el día 7 DE OCTUBRE DE 2022.-
2º) Que éste era de estado civil casado con OLGA SUSANA GARIBALDI con quien contrajo matrimonio con fecha 09 de febrero de 1973.-
3º) Que de dicha unión nacieron : SEBASTIAN GABRIEL RODILLA , JUAN CRUZ RODILLA y ROMINA VALERIA RODILLA ( actas agregadas en el escrito de inicio y con el escrito de fecha 17/06/2026)
4º) Que con el edicto adjunto en pdf con el escrito de fecha 19/08/2026, consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. lºdel Código Procesal y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto.-
POR ELLO: De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial , 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de JOSE IGNACIO RODILLA , le suceden en carácter de universales herederos sus hijos SEBASTIAN GABRIEL RODILLA , JUAN CRUZ RODILLA y ROMINA VALERIA RODILLA y su cónyuge OLGA SUSANA GARIBALDI a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.-REGISTRESE.-"
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