FATTORI ELBA INES S/ SUCESION AB-INTESTATO
La apertura de sucesión intestada de Elba Inés Fattori y declaración de herederos universales de sus dos hijos. El Tribunal declaró que por fallecimiento de Elba Inés Fattori le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Elba Inés Stratta y Pedro Horacio Stratta, aplicando los arts. 2424 y 2426 del CCCN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los interesados peticionantes del expediente, representados por la Dra. Chauque (actuó la letrada patrocinante de Pedro Horacio Stratta y Elba Inés Stratta).
Demandado: Sucesión ab-intestato de ELBA INÉS FATTORI (causante).
Objeto: Apertura de sucesión intestada y declaración de herederos universales.
Decisión: Se declaró la sucesión y se reconoció, por derecho, que los hijos Elba Inés Stratta y Pedro Horacio Stratta suceden como herederos universales de la causante. Se ordenó registrar la declaración y se dio cumplimiento a la publicación de edictos y demás recaudos formales.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos literales relevantes):
"1º) Que con el certificado de defunción acompañado el día 1/6/2026, se acredita el fallecimiento de ELBA INÉS FATTORI Y/O ELBA INÉS FATTORE, ocurrido el día 18/03/2025.-
2º) Que ésta era de estado civil viuda en primeras nupcias con PEDRO FRANCISCO STRATTA, cuyo matrimonio fue celebrado el día 19/02/1953, conforme se acredita en fecha 1/6/2026.-
3°) Que, a su vez, con el certificado de defunción acompañado el día 1/6/2026, se acredita el fallecimiento de PEDRO FRANCISCO STRATTA, ocurrido el día 4/11/1972.-
4°) Que de dicha unión nacieron sus hijos ELBA INES STRATTA nacida el día 29/11/1953 y PEDRO HORACIO STRATTA, nacido el día 24/09/1960, nacimientos acreditados el día 1/6/2026.-
5º) Que por el auto de fecha 4/6/2026, se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.).-"
"Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de ELBA INÉS FATTORI Y/O ELBA INÉS FATTORE le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ELBA INES STRATTA y PEDRO HORACIO STRATTA. REGISTRESE.-"
Además se ordenó: "Hágase saber a las partes, en los términos de la Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A, el dictado de la presente providencia."
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