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ROMERO GUILLERMO ANGEL c/ HEREDEROS DE LUISA PONCE DE LUQUI s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

El actor promovió demanda por prescripción adquisitiva de una sepultura en el Cementerio de la Recoleta. La Cámara Civil confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Prescripcion adquisitiva Cementerio publico Concesion de uso Derecho administrativo Dominio publico Sepultura


¿Quién es el actor?

JUAN ANGEL ROMERO

¿A quién se demanda?

HEREDEROS DE LUISA PONCE DE LUQUI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prescripción adquisitiva de la Sepultura 5, Tablón Nº 9, Sección 1, del Cementerio de la Recoleta

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró que el actor adquirió por prescripción adquisitiva la sepultura. Los fundamentos principales fueron:
- Los cementerios públicos pertenecen al dominio municipal y están fuera del comercio particular. Los derechos otorgados a los particulares sobre las sepulturas son concesiones de uso de derecho administrativo.
- Aun tratándose de un bien del dominio público, es posible la usucapión de las sepulturas, a menos que una ley lo prohíba expresamente.
- El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no se opuso en primera instancia a la pretensión de usucapión, sino que sólo solicitó quedar exento del pago de costas.
- Los argumentos del Gobierno de la Ciudad en apelación, que cuestionan la posibilidad de usucapir, exceden lo planteado en primera instancia y no pueden ser analizados por la Cámara.

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