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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DESARROLLOS COMERCIALES EMEGE SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra DESARROLLOS COMERCIALES EMEGE SRL por deuda tributaria. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución por $1.469.815, aplicando intereses desde la interposición de la demanda y imponiendo las costas a la vencida.

Apremio provincial Ejecucion Deuda tributaria Intereses art.104 codigo fiscal Costas a la vencida Constitucion de domicilio Fisco de la provincia de buenos aires Desarrollos comerciales emege srl Monto $1.469.815 Intimacion de pago.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: DESARROLLOS COMERCIALES EMEGE SRL. Objeto: Ejecución por deuda tributaria por el capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTE QUINCE ($ 1.469.815,00) más intereses. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado, con aplicación de intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (12/08/25). Se impusieron las costas a la vencida y se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado por encontrarse anoticiado del apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "Habiendo sido la demandada DESARROLLOS COMERCIALES EMEGE SRL intimada de pago en el domicilio de calle Escalada de San Martín Nº 4569 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.," "RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada DESARROLLOS COMERCIALES EMEGE SRL haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTE QUINCE ($ 1.469.815,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 12/08/25
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 26/08/25, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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