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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ STIMAC MARIA EUGENIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial reclamando el pago de $3.044.463,00 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con costas a la demandada y aplicación de intereses conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía.

Ejecucion por apremio provincial Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $3.044.463 00 Intereses resolucion 10/24 Perdida de derecho por inactividad (arts. 116 y 165 cpcc) Costas a la parte vencida Constitucion de domicilio en estrados Art. 13 ley 13.406 Art. 540 cpcc Regulacion de honorarios diferida

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARIA EUGENIA STIMAC. Objeto: Ejecución por apremio provincial por la suma de PESOS TRES MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON 0/100 ($3.044.463,00) en concepto del capital reclamado, más intereses aplicables desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago a favor del Fisco, con costas a la demandada y regulación de honorarios diferida. Se tuvo por constituido domicilio en los estrados y se ordenó registro y notificación conforme ley 13.406 y art. 133 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE AMEGHINO
- NRO. 1420
- DTO. 86
- CP. 1876
- LOC. BERNAL, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."
- "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC,"
- FALLO: "Mandando llevar adelante la ejecución contra MARIA EUGENIA STIMAC, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS TRES MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON 0/100 ($3.044.463,00), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago."
- "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016)."
- "Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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