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GONZALEZ, ENRIQUE NELSON c/ SENASA - LEY 25164 s/EMPLEO PUBLICO

Reclamó indemnización por despido bajo la ley 25.164 contra SENASA; la Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda por entender que la relación contractual tenía carácter temporario y no acreditó la desviación de poder exigida por la doctrina “Ramos”.

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¿Quién es el actor?

Enrique Nelson González.

¿A quién se demanda?

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
- Objeto de la demanda: Indemnización por despido arbitrario e intempestivo y accesorios (art. 11 de la ley 25.164) por la relación contractual celebrada mediante sucesivos contratos de locación/contratación entre 01/08/2003 y 26/04/2018.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y, en consecuencia, se rechazó la demanda interpuesta; costas de ambas instancias a la parte actora vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Sentado ello, corresponde señalar que no surge de las constancias de autos que haya existido estabilidad en la relación laboral que involucró a la parte actora. En efecto, debo puntualizar que, tal como surgía del texto inequívoco de la documentación suscripta y reconocida, dicha relación contractual tenía claros visos de temporalidad y provisoriedad, lo cual quedaba expresamente asentado cada vez que se suscribía un nuevo contrato, por lo cual no era susceptible de generar una expectativa de permanencia laboral." "Por las consideraciones expuestas, no se advierte que, en el marco normativo y jurisprudencial vigente, estudiado con razonado y detallado análisis de las constancias de la causa, proceda admitir la demanda, por lo que la sentencia de la anterior instancia debe ser revocada." "En atención a la forma en que se resuelve, deviene insustancial el tratamiento de los agravios de la parte actora. Atento al resultado del recurso, y teniendo en cuenta que no existen razones que ameriten apartarse del principio general de la derrota, corresponde que las costas de ambas instancias sean soportadas por la parte actora que ha resultado vencida (arts. 279 y 68, primer párrafo, del Código Procesal)."
- Votos y mayorías: el voto principal del Dr. Sergio Gustavo Fernández propone admitir el recurso de la demandada y revocar la sentencia; el Dr. José Luis Lopez Castiñeira adhiere. No consta disidencia.

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