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CARLI, MARIA CRISTINA c/ MICRO OMNIBUS GENERAL SAN MARTIN S.A.C. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y declaró nula la cláusula de franquicia establecida en la póliza de seguro.

Accidente de transito Danos y perjuicios Franquicia Responsabilidad del transportista Clausula abusiva Contrato de seguro


- Actora: María Cristina Carli
- Demandados: Micro Ómnibus General San Martin S.A.C. y Escudo Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró nula la cláusula de franquicia establecida en la póliza de seguro. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La obligación principal del transportista es conducir a los pasajeros sanos y salvos hasta su lugar de destino, por lo que el incumplimiento compromete su responsabilidad.
- La aseguradora no acreditó suficientemente la eximente de responsabilidad invocada.
- La cláusula de franquicia es nula por ser abusiva y atentar contra el principio de reparación integral.

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