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Incidente Nº 5 - IMPUTADO: SALINAS TURPO, OLGA Y OTRO s/Audiencia de determinación de pena (Art. 304)

Dos mujeres bolivianas fueron juzgadas por transporte de estupefacientes con 6.246 g de cocaína y condenadas a cuatro años de prisión y multa. El Tribunal condenó a ambas y, excepcionalmente, ordenó el extraño anticipado y la prohibición de reingreso de Olga Salinas Turpo por razones humanitarias y en interés superior del niño.

Transporte de estupefacientes Cocaina 6.246 g Condena Expulsion anticipada Prohibicion de reingreso Tribunal oral federal Interes superior del nino Art. 5? ley 23.737 Art. 64 ley 25.871 Destruccion de estupefacientes


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representada por María del Carmen Núñez).
- Demandadas: Olga Salinas Turpo y Maribel Balverde (ambas de nacionalidad boliviana).
- Objeto de la demanda: Transporte de estupefacientes (art. 5° inc. “c” ley 23.737). Se secuestraron paquetes adosados al pecho de las imputadas que dieron positivo para cocaína, con un peso total de 6.246 gramos (envoltorio incluido) y concentración del 76,39%, con capacidad de extracción de 46.218 dosis umbrales.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a ambas imputadas como autoras del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de 45 Unidades Fijas y la inhabilitación absoluta por el término de la condena, con costas. Además, se dispuso el extraño anticipado de Olga Salinas Turpo y la prohibición de reingreso permanente; se ordenó comunicar la resolución a Migraciones, liquidar y cambiar sus fondos para que acceda al egreso y extraer fichas dactilares; y la destrucción de la sustancia secuestrada bajo intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Tengo presente la declaración de responsabilidad dictada por la magistrada interviniente durante el control de acusación formulado en contra de las encartadas. En efecto, Olga Salinas Turpo y Maribel Balverde fueron declaradas coautoras del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el art. 5 inc. “c” de la ley 23.737, conforme el acuerdo arribado entre las partes." "Se tuvo por acreditado que el día 5/08/2024, a las 18.30 horas aproximadamente... encontraron adosados seis paquetes rectangulares, cuyo narco test, dio resultado positivo para cocaína, con un peso total de 6.246 gramos -con envoltorio incluido-. Practicada la pericia química se estableció que la sustancia poseía una concentración de 76,39 % con una capacidad de extracción de 46.218 dosis umbrales." "Que, y teniendo en cuenta que si bien el tiempo que lleva detenida la causante Olga Salinas Turpo es menor al requerido por el art. 64 de la Ley N° 25.871, y que la concesión de la expulsión anticipada del país se presenta como único remedio legal para salvaguardar el interés superior de los niños, corresponde hacer lugar a la solicitud de que se proceda a la expulsión anticipada de la condenada Olga Salinas Turpo a su país de origen, a fin de brindar los cuidados correspondientes a sus hijos..."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia; la sentencia es unipersonal (dictada y firmada por la Dra. María Alejandra Cataldi).

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