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VANOLLI, SILVINA CLAUDIA c/ DIAZ, JOSE LUIS s/RENDICION DE CUENTAS - FAMILIA

El actor promovió demanda por rendición de cuentas respecto de bienes gananciales administrados por el demandado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que admitió la obligación de rendir cuentas.

Bienes gananciales Rendicion de cuentas Administracion de bienes Indivision postcomunitaria Comunidad ganancial Frutos y rentas


- Actora: S C V

¿A quién se demanda?

J L D

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rendición de cuentas de bienes gananciales correspondientes al período de indivisión postcomunitaria, incluyendo campos, semovientes, inmuebles, participación societaria y fondos bancarios en Estados Unidos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que admitió la obligación del demandado de rendir cuentas conforme al art. 485 del Código Civil y Comercial. Rechazó los agravios del demandado, indicando que pesa sobre él el deber de rendir cuentas en forma clara, documentada y ordenada, más allá de que la actora haya tenido acceso a información previa. Estableció que los temas relativos a las liquidaciones y documentación se dilucidarán en la etapa correspondiente. Fundamentos relevantes:
- La rendición de cuentas implica dar razón de una gestión realizada por cuenta de otro, detallando los actos cumplidos y el resultado final.
- Finalizada la comunidad ganancial, los frutos de los bienes indivisos durante la indivisión integran la masa ganancial, debiendo el cónyuge administrador rendir cuentas al otro.
- La obligación de rendir cuentas se extiende incluso a los fondos bancarios en el extranjero, pues integran el activo de la indivisión postcomunitaria, más allá de no haber sido incluidos en la liquidación anterior.

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