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G., C. M. c/ M. SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una caída en una escalera del subte. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente.

Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Reparacion integral Obligacion de seguridad Transporte publico Accidente en escalera

Daños y perjuicios por caída en escalera de estación de subte

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a M. S.A. a pagar $385.000. La Cámara modificó el fallo aumentando la indemnización por incapacidad sobreviniente a $350.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que la actora sufrió una caída en una escalera de la estación "Perú" del subte, que presentaba deficiencias y riesgos.
- El transportador tiene una obligación de seguridad de resultado, por lo que debía acreditar una "causa ajena" para eximirse de responsabilidad, lo que no hizo.
- Se consideró la edad, profesión y condiciones personales de la actora para fijar la indemnización por incapacidad, tomando como referencia las pautas de la ley de riesgos del trabajo.
- Los demás rubros indemnizatorios (daño moral, gastos médicos y de tratamiento) fueron confirmados.

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