MARTINEZ PEDRO PABLO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor interpuso demanda contra ANSeS solicitando redeterminación de haberes y reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, rechazó el recurso de la demandada, diferió para ejecución el análisis de topes de haberes (incluido Villanustre), revocó la decisión sobre costas de grado y confirmó la sentencia en lo demás.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ PEDRO PABLO (actor recurrente).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; redeterminación del haber inicial, movilidad posterior y accesorios, impugnación de aplicación de topes de haberes (arts. 9, 24, 25, 26 ley 24.241 y art. 9 ley 24.463), aplicación de precedentes como "Villanustre", método de movilidad y tasa de interés aplicable a la retroactividad; oposición a costas impuestas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de la parte demandada y hizo lugar parcialmente al recurso de la actora; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes (incluido Villanustre), revocó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (imponiendo las costas al vencido conforme art. 68 CPCCN si surgieran sumas a favor del actor, caso contrario en el orden causado conforme art.36 ley 27.423), confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue materia de agravios, y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que a tenor de los agravios vertidos –sin perjuicio de la normativa invocada por la accionada
- en orden a lo expuesto, es de destacar que este Tribunal ya se expidió sobre el índice de actualización de remuneraciones devengadas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 26.417, dejando sin efecto las disposiciones de las Resoluciones de ANSeS nros. 63 y 918/94 y 140/95 que limitaban la actualización al período anterior al mes de abril de 1991."
2) "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
3) "IV. Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'
- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
4) "X. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia expresa en el dispositivo final; la Parte Resolutiva refleja la decisión de la mayoría.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: