Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: GUZMAN, RAMIRO ANGEL SANTIAGO s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado acusado de transporte de estupefacientes fue condenado a 4 años de prisión y multa mínima por juicio abreviado. La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado tras verificar prueba y calificación, ordenando además el decomiso del dinero y elementos secuestrados y la destrucción del remanente de droga.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Camuña).
Demandado: Ramiro Ángel Santiago Guzmán (imputado).
Objeto: Se imputó a Guzmán el delito de transporte de estupefacientes (art. 5° inciso “c” Ley 23.737) por el hallazgo de 2.871,61 gramos de marihuana, dinero ($43.170), teléfonos y otros elementos secuestrados durante control en Ruta Nacional 34 el 20/03/2024.
Decisión: Se condenó a Ramiro Ángel Santiago Guzmán a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa mínima conforme Ley 27.302, accesorias legales y costas; se ordenó el decomiso del dinero y elementos secuestrados y la destrucción del remanente del material estupefaciente; además se dispuso practicar el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"I
- Que el acuerdo de JUICIO ABREVIADO fue suscripto por el Sr. Fiscal General Subrogante, Dr. Pablo Camuña, el imputado Ramiro Ángel Santiago Guzmán, asistido por su defensa técnica, el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. Mariano Galletta. Los nombrados impetraron la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del CPPN... El imputado, a través de su defensa, reconoce expresamente la existencia del hecho materia del juicio y la responsabilidad que por el mismo se le atribuye, conforme a la descripción efectuada en el requerimiento de elevación a juicio y según la calificación legal reseñada en el párrafo que antecede."
"II
- ...la pericia química pertinente arrojó como resultado sobre el mismo un pesaje total de 2.871,61 gramos de marihuana. ...Las partes acordaron subsumir la conducta de Guzmán, como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inciso “c” de la Ley 23.737). Las partes también acordaron la imposición de la pena de CUATRO (4) años de prisión, accesorias legales y las costas del presente proceso, a lo que el tribunal agrega el mínimo de la multa conforme Ley 27.302; ello por ser autor penalmente responsable del delito descripto precedentemente. Finalmente peticionaron el decomiso de la suma de dinero secuestrada ($43.170) y de los elementos secuestrados (art. 30 de la Ley 23.737 y 23 del C.P.)."
"V.
- También se comparte el quantum de la pena que han acordado las partes, en tanto se encuentra comprendida dentro de la escala que reprime la figura penal reprochada; homologando pues, la pena a imponer a RAMIRO ÁNGEL SANTIAGO GUZMÁN, ... a la pena de CUATRO (4) años de prisión, mínimo de la multa conforme Ley 27.302, accesorias legales y las costas del presente proceso, por ser autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes (artículos 12, 29 inciso 3°, 45 del Código Penal de la Nación y artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737)."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; la decisión se dictó en composición unipersonal por la magistrada actuante.
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