Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ORTEGA PEREZ (DC3), JAVIER SANTOS Y OTROS s/ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO, ARTICULO 874, INC. 1, AP. D) - CODIGO ADUANERO QUERELLANTE: AFIP (CD3), DGA Y OTROS
El imputado fue sometido a un juicio abreviado por asociación ilícita y un hecho de contrabando agravado; la Cámara homologó el acuerdo y condenó a Walter Ariel López a tres años de prisión en suspenso con múltiples inhabilitaciones y medidas de conducta. La sentencia fundamenta la homologación en la prueba reunida (conversaciones de WhatsApp, informes de GNA y AFIP-DGA, fotos y MIC/DTA) que acreditan su participación logística y la provisión del vehículo en el contrabando del 22-23/02/2019.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal.
Demandado: Walter Ariel López Puga (DNI 23.851.328).
Objeto: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado por su participación en una asociación ilícita (art. 210 CP) y en un hecho de contrabando agravado (arts. 864 inc. a) y 865 incs. a) y c) Ley 22.415), en concurso real, y la imposición de la pena y accesorias pactadas.
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado convenido entre Ministerio Público Fiscal, defensa e imputado y se impuso a López la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN CON LOS BENEFICIOS DE LA CONDENACIÓN CONDICIONAL (art. 26 CP), más la pérdida de concesiones y prerrogativas, inhabilitaciones (6 meses para el comercio; perpetua para fuerzas de seguridad; absoluta por doble tiempo para cargo público) y obligaciones de conducta por tres años (fijar residencia, presentarse, no cometer delitos, donaciones trimestrales de pañales durante dos años, sometimiento a control de la DCAEP). Se mantuvieron inhibiciones patrimoniales y la prohibición de salida del país; se impusieron costas y la tasa de justicia ($4.700).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes del fallo):
1) “La organización se valía de contactos dentro de la entonces AFIP -DGA y/o Gendarmería, desde donde se colaboraba con el ingreso ilegal de mercadería al país... Ahora bien, Walter Ariel López, principal nexo entre Ortega y Rosaspina, valiéndose de sus contactos en de AFIP (hoy ARCA) DGA y/o Gendarmería, colaboraba con el ingreso ilegal de mercadería al país. Asimismo, proporcionaba a la organización los vehículos (furgones) para concretar las maniobras de contrabando.” (texto extraído tal cual del cuerpo sentencial).
2) “En definitiva, entiendo que en razón de la base consensual sobre la que se asienta el juicio abreviado, no corresponde modificar lo convenido por las partes al celebrar el acuerdo, pues no hay elementos que impidan tener por superado el examen de razonabilidad que debo efectuar en esta instancia procesal.” (texto extraído tal cual del cuerpo sentencial).
3) “Así, se pactó en relación a López, la imposición de una pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN CON LOS BENEFICIOS DE LA CONDENACIÓN CONDICIONAL (art. 26 del Código Penal), la pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozare; la inhabilitación especial de SEIS (6) MESES para el ejercicio del comercio; a la inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; y la inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público (art. 876, apartado 1o, incisos "d", "e", "f" y "h", ley 22415)...” (texto extraído tal cual del cuerpo sentencial).
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; resolución unipersonal del Juez de Cámara (Alberto Daniel Carelli).
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