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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal contra la demandada por deuda registrada en boleta de deuda. El Juzgado Federal de Primera Instancia declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a proceder hasta obtener el íntegro pago, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Agencia de recaudacion y control aduanero Boleta de deuda Art. 92 ley 11.683 Intimacion de pago Ejecucion expedita Costas a la ejecutada Registro y notificacion administrativa Deuda tributaria Juzgado federal de moreno.


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (trae la ejecución fiscal).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (identificada como "la ejecutada" en el expediente).
- Objeto de la demanda: ejecución de una deuda consignada en una boleta de deuda; cobro del capital requerido en la boleta más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, habilitándose a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital y sus intereses; se impusieron las costas a la ejecutada; se ordenó registro, notificación administrativa y archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Por ello y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese administrativamente y oportunamente archívese.-" (No existen votos en disidencia en el expediente analizado.)

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