VELAZQUEZ ERNESTO DEL VALLE Y OTRO c/ EMPRESA AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Los actores demandaron daños y perjuicios por la muerte de una peatona atropellada por un colectivo. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la víctima cruzó la avenida fuera de la senda peatonal, incurriendo en culpa exclusiva.
Daños y perjuicios por la muerte de Marta Díaz, atropellada por un colectivo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que la víctima cruzó la avenida fuera de la senda peatonal, incurriendo en culpa exclusiva. La Cámara consideró que la víctima cruzó la avenida Pueyrredón fuera de la senda peatonal, a unos 15 metros de la intersección, sin prestar la debida atención al tránsito. Si bien los conductores tienen una presunción de responsabilidad, los peatones también deben respetar las normas de tránsito, y su incumplimiento puede generar una exención total o parcial de responsabilidad del conductor. En este caso, la Cámara entendió que la conducta imprudente de la víctima rompió totalmente el nexo causal, eximiendo a los demandados de responsabilidad.
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