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V. G. N. c/ EMPRESA LINEA 216 SA LINEA 504 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito al subir a un colectivo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamiento psicológico futuro.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Tratamiento psicologico Prueba pericial Transporte publico de pasajeros


- Actora: G. N. V.
- Demandados: Empresa Línea 216 S.A.
- Línea 504 y Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó indemnización por daños y perjuicios sufridos al caer de un colectivo de la línea 216 al emprender la marcha el conductor sin advertir su presencia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente a $600.000, tratamiento psicológico futuro a $48.000 y daño moral a $350.000. Confirmó los demás rubros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró acreditada la responsabilidad objetiva del transportista según el art. 184 del Código de Comercio (actual art. 1286 y 1757 CCCN) y valoró positivamente el testimonio de la testigo presencial y los informes periciales médico y psicológico, destacando que la prueba pericial resulta de particular trascendencia para determinar la incapacidad y el daño moral.

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